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Dirección General de la Renta del Timbre relays circular núm. 35, Veracruz, 16 August 1915

Dirección General de la Renta del Timbre. – Sección 3ª. – Número 70.
Circular telegráfica a los Administradores Principales de la Renta.
H. Veracruz, agosto 16 de 1915.
Por acuerdo Secretaría de Hacienda, se previene a Ud. que a contar desde esta fecha hasta el 30 septiembre próximo, tenedores billetes emitidos fraudulentamente por llamado Gobierno de la Convención especificados en circulares núms. 31 y 33 de 9 y 16 de julio próximo pasado, respectivamente, los entreguen a la Tesorería General de la Nación, a las Jefaturas de Hacienda, o a las Administradores del Timbre, las que en cada caso expedirán recibo para resguardo de los interesados.
A los que pasado plazo retengan en su poder el mencionado papel moneda, se les exigirá la responsabilidad en que incurran conforme a la Ley, mediante consignación a autoridades correspondientes.
Las mencionadas oficinas recogerán además los expresados billetes fraudulentos, que por cualquier otro concepto les sean presentados, expidiendo también recibo; y las Jefaturas de Hacienda y Administraciones del Timbre remitirán tanto éstos, como los que ante ellas se depositen, a la Tesorería General de la Nación, para su incineración.
Sírvase contestar de enterado.
P. A. del D, El Subdirector.