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La Comisión Reguladora will proceed to reduce the bonos de caja to $10,000,000, Mérida, 13 May 1919

DECRETO NUM. 493.
CARLOS CASTRO MORALES, Gobernador Constitucional del Estado de Yucatán, en uso de las facultades extraordinarias en el ramo de Hacienda con que me ha investido el H. Congreso del Estado y
CONSIDERANDO: que por decreto de 23 de mayo de 1916 se autorizó a la Tesorería General del Estado a emitir bonos de caja por valor de cuarenta millones de pesos oro nacional; y por decreto de 2 de enero de 1917 tomó esta emisión a su cargo la Comisión Reguladora del Mercado de Henequén, en los términos que constan de este último decreto.
CONSIDERANDO: que por decreto de 9 de mayo de 1916, fué autorizada  la Comisión Reguladora del Mercado de Henequén para emitir veinte millones de pesos oro nacional en bonos de Caja;
CONSIDERANDO: que la experiencia ha demostrado que  esta emisión de sesenta millones de pesos oro nacional, puede reducirse a diez millones de pesos, siendo procedente por tanto ordenar la incineración del resto de la emisión.
Por estas consideraciones, he tenido a bien decretar lo siguiente:
ARTICULO UNICO: La Comisión Reguladora del Mercado de Henequén procederá a reducir las emisiones de Bonos de Caja de dicha Institución y de la Tesorería General del Estado, a diez millones de pesos oro nacional, incinerando el resto de dichas emisiones de acuerdo con los artículos 9 del Decreto de 9 de mayo de 1916 y 11 del de 23 de mayo del propio año de 1916.
Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo en Mérida, Yucatán, México, a los trece días del mes de mayo del año de mil novecientos diez y nueve.
C. CASTRO.
El Secretario General, ALF. M. ALONSO.