circular núm. 70 on paying salaries, Mexico City, 24 April 1916
Secretaría de Hacienda y Crédito Público. – México. – Departamento de Consultivo y de Negocios Judiciales. – Mesa 2ª. – Núm D-249
CIRCULAR NUMERO 70.
Siendo de absoluta necesidad para la resolución del problema económico, reducir los gastos de la Administración Pública, sin
perjuicio de los servidores de la Nación, y teniendo en cuenta esta Secretaria que con los billetes infalsificables emitidos conforme el decreto de 21 de junio de 1915, que comenzarán a circular el primero del próximo mayo, mejorará el tipo de cambio, por disposición del C. Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, Encargado del Poder Ejecutivo, ha tenido a bien acordar lo siguiente:
PRIMERO. – A partir del primero de mayo próximo, todos los empleados civiles de la Administración Pública Federal, percibirán sus sueldos con sujeción estricta a los presupuestos vigentes; quedando, por consiguiente, derogada la Circular número 57 de fecha 25 de febrero último.
SEGUNDO. – Los empleados civiles que perciben sus sueldos conforme a presupuestos en que ya está incluido el tanto por ciento acordado por la citada Circular de 25 de febrero último, se les cubrirán sus sueldos con la deducción correspondiente.
TERCERO. – Quedan derogadas todas los disposiciones anteriores que autorice el pago de sueldos en contravención a la
presente Circular.
Lo que comunico a usted para su conocimiento y demás fines.
Constitución y Reformas. México a 24 de abril de 1916.
Por orden del Secretario, el Subsecretario, R. Nieto.