Convention authorises $15,000,000 for expenses, Mexico City, 12 December 1914
Secretaría de Hacienda y Crédito Público. – México. – Sección 3ª.
El Presidente Provisional de la República se ha servido dirigirme el decreto que sigue:
“EULALIO GUTIERREZ, Presidente Provisional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed:
Que en ejercicio de las facultades de que me hallo investido, y considerando que es de urgente necesidad cubrir con la oportunidad debida los gastos que demande el servicio de guerra, he tenido a bien decretar lo siguiente:
Artículo único. Para sueldos, sobresueldos y gratificaciones al personal del Ejército, vestuario, equipo y adquisición de material de guerra para el mismo, así como cualquier otro gasto de la Secretaría de Guerra y Marina, y aquéllos que se originen con motivo de las operaciones de guerra y pacificación del país, la cantidad de $15,000,000.00.
Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Constitución y Reformas. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo Federal, en México, a los doce días del mes de diciembre de mil novecientos catorce.
E. Gutiérrez.
Al ciudadano. Ing. Felicitas F. Villarreal, Secretario de Estado y del Despacho de Hacienda y Crédito Público - Presente.
Y lo comunico a usted para su conocimiento y fines consiguientes.
México, 12 de diciembre de 1914.
F. F. Villarreal.