Rafael Nieto on retiring notes, Mexico City, 5 May 1916
De México, D. F. , el 5 de mayo de 1916.
C. Gobernador del Estado;
Con el nuevo papel moneda infalsificable, deberán hacerse exclusivamente pagos a partir del 1º del actual, por los conceptos siguientes: haberes Jefes, Oficiales y tropa conforme asignaciones señaladas el primero de mayo último, sueldos empleados Civiles y Militares, según presupuesto vigente sin ningún aumento: salario a jornaleros y operarios, jubilaciones y por excepción los gastos hospitales y hospicios. - Por cualquiera otro objeto se empleará papel moneda vieja emisión, salvo orden expresa en contrario que dicte esta Secretaría. – Las Oficinas Recaudadoras procurarán únicamente lo indispensable para sus gastos emisión papel moneda Gobierno Provisional y Ejército Constitucionalista marcando resto que concentrará Jefatura Hacienda del Estado con sello de la misma Oficina que diga: “Retirado de la circulación.”
Dígolo a Ud. para su observancia.
El Sub-secretario, R. Nieto.